La Ley N° 20.930 estableció el Derecho Real de Conservación Medioambiental (DRC), constituyéndose como un nuevo instrumento legal disponible para CONAF en pos de fortalecer y optimizar los propósitos del SNASPE, al conceder, tras el acuerdo y formalización mediante escritura pública de un contrato, la facultad de conservar el patrimonio ambiental de un predio o de ciertos atributos o funciones de éste (art. 2°), de modo de someter dicho patrimonio, atributos o funciones a la gestión y protección oficial del Estado. De este modo, el DRC facilita el cumplimiento de funciones propias de CONAF, tales como las relacionadas al cambio climático, conservación de la diversidad biológica, la lucha contra la desertificación, la restauración de humedales, la mantención y estabilidad de corredores biológicos, entre otras.

Primer Derecho Real de Conservación establecido entre un privado y el Estado de Chile, a través de CONAF – Predio el Durazno, Región de Coquimbo

En el predio El Durazno confluyen una serie de valores que hacen de este un territorio propicio para su condición de DRC y un buen complemento del SNASPE, ya que contribuye a aumentar la representación de 3 ecosistemas escasos, es rico en diversidad de especies de flora y fauna (varias de ellas en categoría de conservación) y presenta valores culturales de alto interés asociados a las culturas huentelauquén, molle y diaguita.

El DRC en el predio el Durazno ha permitido establecer atributos y funciones para su conservación, los que se constituyen en los objetos del DRC, siendo estos:

  1. Los ecosistemas consistentes en bosques relictos, ubicados en la frontera del proceso de desertificación, compuestos por especies con un alto grado de endemismo, tales como, el Arrayán, Guayacán y la Uvilla.
  2. Los ecosistemas dominados por especies suculentas de carácter único, por razones relativas a los suelos, a los ciclos hídricos y al hábitat de fauna;
  3. El ecosistema xerofítico propio a las planicies del Inmueble;
  4. El sistema de cadenas de montañas y colinas que permiten la comunicación biológica y la movilidad de fauna entre los ecosistemas de alta montaña y los ecosistemas costeros;
  5. El sistema hidrográfico localizado en el Inmueble que reviste un carácter único por ser cabeza de cuenca del Estero Canela, afluente del Río Choapa;
  6. El sistema edáfico presente en el Inmueble, tanto por su calidad y representatividad de sus suelos como por la diversidad biológica que este sistema contiene y por constituir un importante banco natural de germoplasma importante de conservar, con fines de recuperación y mitigación;
  7. La función de reparación y restauración natural de los ecosistemas anteriormente mencionados;
  8. El servicio ecosistémico de amortiguación respecto de la Reserva Nacional la Chinchilla.