La Ley N° 20.930 estableció el Derecho Real de Conservación Medioambiental (DRC), constituyéndose como un nuevo instrumento legal disponible para CONAF en pos de fortalecer y optimizar los propósitos del SNASPE, al conceder, tras el acuerdo y formalización mediante escritura pública de un contrato, la facultad de conservar el patrimonio ambiental de un predio o de ciertos atributos o funciones de éste (art. 2°), de modo de someter dicho patrimonio, atributos o funciones a la gestión y protección oficial del Estado. De este modo, el DRC facilita el cumplimiento de funciones propias de CONAF, tales como las relacionadas al cambio climático, conservación de la diversidad biológica, la lucha contra la desertificación, la restauración de humedales, la mantención y estabilidad de corredores biológicos, entre otras.
Primer Derecho Real de Conservación establecido entre un privado y el Estado de Chile, a través de CONAF – Predio el Durazno, Región de Coquimbo
En el predio El Durazno confluyen una serie de valores que hacen de este un territorio propicio para su condición de DRC y un buen complemento del SNASPE, ya que contribuye a aumentar la representación de 3 ecosistemas escasos, es rico en diversidad de especies de flora y fauna (varias de ellas en categoría de conservación) y presenta valores culturales de alto interés asociados a las culturas huentelauquén, molle y diaguita.